Corte Arbitral
Cámara de Comercio e Industria Checo-Venezolana
Corte Arbitral de la Cámara de Comercio e Industria Checo-Venezolana
La Corte Arbitral de la Cámara de Comercio e Industria Checo-Venezolana (en adelante, la "Corte Arbitral de la Cámara") fue establecida como respuesta a la creciente necesidad de comerciantes internacionales, inversionistas, grupos empresariales y corporaciones extranjeras que operan en América Latina, el Caribe, Europa y otras regiones del mundo, y que requieren un mecanismo eficaz, especializado, independiente y confidencial para la resolución de controversias comerciales.
La Corte Arbitral de la Cámara proporciona una plataforma especialmente destinada a:
- controversias comerciales internacionales entre entidades de la República Checa y la República Bolivariana de Venezuela;
- controversias transfronterizas de carácter corporativo o de inversión;
- disputas con elemento internacional entre sujetos pertenecientes a distintas jurisdicciones.
La Corte Arbitral de la Cámara se especializa principalmente en arbitrajes ad hoc, generalmente administrados conforme al Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (UNCITRAL), ofreciendo asimismo apoyo administrativo a procedimientos arbitrales cuya sede se encuentre fuera de la jurisdicción de los Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados Unidos de América, cuando así lo acuerden expresamente las partes.
Tanto la República Checa como la República Bolivariana de Venezuela son Estados parte de la Convención de Nueva York sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (1958), lo que garantiza la ejecutabilidad internacional de los laudos dictados conforme a dicha Convención. Ambos países son igualmente Estados parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla, lo que facilita la legalización internacional de documentos.
Principales características del arbitraje
El arbitraje administrado por la Cámara se caracteriza especialmente por:
- imparcialidad e independencia de los árbitros;
- posibilidad de elección de la sede del arbitraje;
- confidencialidad del procedimiento;
- flexibilidad de las normas procesales;
- menores costos en comparación con el proceso judicial ordinario;
- posibilidad de tramitación íntegramente en línea;
- conducción multilingüe del procedimiento (checo, español e inglés);
- aplicación del Reglamento UNCITRAL u otras normas procesales acordadas por las partes;
- respeto de los tratados internacionales relativos al reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales.
¿Qué es el arbitraje?
El arbitraje es un mecanismo alternativo de resolución de controversias mediante el cual una disputa es resuelta por uno o varios árbitros independientes e imparciales, en lugar de un tribunal estatal. Constituye una alternativa cualificada al proceso judicial civil, especialmente en el ámbito de controversias comerciales y de inversión.
Entre sus principales ventajas se encuentran:
- celeridad procesal;
- flexibilidad del procedimiento;
- confidencialidad;
- posibilidad de designar árbitros especializados;
- ejecutabilidad internacional del laudo arbitral.
Tipos de arbitraje
Desde el punto de vista jurídico, distinguimos principalmente:
1. Arbitraje nacional e internacional
- Arbitraje nacional: controversia entre partes pertenecientes a una misma jurisdicción.
- Arbitraje internacional: controversia en la que al menos una de las partes tiene su domicilio o lugar de negocios en otra jurisdicción, o cuando exista cualquier otro elemento internacional relevante.
2. Arbitraje institucional y ad hoc
- Arbitraje institucional: administrado conforme al reglamento de una corte arbitral permanente.
- Arbitraje ad hoc: administrado conforme a las reglas acordadas por las partes (principalmente el Reglamento UNCITRAL), sin un marco institucional rígido, con apoyo administrativo de la Cámara.
Convenio arbitral y cláusula compromisoria
La condición para iniciar un arbitraje es la existencia de un convenio arbitral válido, ya sea:
- en forma de cláusula compromisoria incluida en el contrato principal; o
- mediante un acuerdo arbitral independiente celebrado después del surgimiento de la controversia.
El convenio arbitral debe constar por escrito y reflejar inequívocamente la voluntad de las partes de someter su controversia al arbitraje. Su validez y ejecutabilidad se rigen por el derecho aplicable y la legislación nacional correspondiente, en particular:
- en la República Checa, por la Ley de Arbitraje;
- en Venezuela, por la Ley de Arbitraje Comercial.
Desarrollo básico del arbitraje ad hoc
El procedimiento arbitral puede comprender, entre otras, las siguientes etapas:
- Presentación de la solicitud de arbitraje.
- Verificación de la existencia y validez del convenio arbitral.
- Designación del árbitro o del tribunal arbitral.
- Presentación de la demanda, contestación y pruebas por las partes.
- Audiencias procesales (presenciales o en línea).
- Emisión del laudo arbitral.
- Notificación del laudo a las partes.
- Apostilla del laudo, en su caso.
- Reconocimiento y ejecución del laudo conforme a la Convención de Nueva York.
Controversias susceptibles de arbitraje
El arbitraje está destinado principalmente a controversias patrimoniales y comerciales de libre disposición por las partes, tales como:
- incumplimiento de contratos de compraventa (exportación/importación);
- contratos de distribución o agencia;
- contratos de suministro tecnológico;
- contratos de construcción y desarrollo inmobiliario;
- acuerdos de joint venture;
- contratos de licencia y transferencia tecnológica;
- financiación de proyectos;
- contratos EPC;
- contratos de inversión entre entidades privadas;
- controversias entre socios;
- interpretación de estatutos o contratos sociales;
- transferencias de participaciones;
- responsabilidad de órganos societarios;
- liquidación y reparto de participaciones.
La arbitrabilidad de una controversia específica se determinará conforme al derecho aplicable, especialmente según la legislación venezolana y checa.
Controversias no susceptibles de arbitraje
El arbitraje no es aplicable, en particular, a:
- materias penales;
- derecho de familia (divorcio, custodia, etc.);
- controversias laborales individuales;
- asuntos tributarios;
- sanciones administrativas;
- cuestiones de derecho público y soberanía del Estado;
- otras materias excluidas por la ley de la libre disposición de las partes.
DOCUMENTOS PARA DESCARGAR
Todos los documentos están disponibles en formato PDF:
Contáctenos
Si desea obtener información adicional sobre el arbitraje, la redacción de una cláusula compromisoria o el inicio de un procedimiento arbitral, no dude en contactarnos.
La Corte Arbitral de la Cámara de Comercio e Industria Checo-Venezolana le ofrece una solución profesional, especializada y confidencial para la resolución de controversias comerciales con elemento internacional.
info@ccicv.org